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Multas de tráfico. Presentar alegaciones a la denuncia

Descripción

Multas de tráfico. Presentar alegaciones a la denuncia

Finalidad

Si no está conforme con la notificación de una denuncia por infringir las normas de tráfico, podrá formular alegaciones dentro de los 20 días naturales siguientes al momento en que se considera notificada la denuncia. Es importante señalar que formular alegaciones impide acogerse a la reducción del 50 por ciento del importe de la multa propuesta.

Quien lo puede Presentar

Cualquier persona física o jurídica

Presentación

El plazo de presentación es de 20 días naturales desde la práctica de la notificación de la denuncia.

La presentación se puede realizar en cualquiera de los Registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: “Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración”.

  • Presencial:
    Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC). Horarios y direcciones: http://www.granadilladeabona.org/servicios/atencion-ciudadana/ 
    CITA PREVIA: Es necesario solicitar cita previa y se puede hacer: telefónicamente llamando al 922.75.99.00 o al 010 (si lo hace desde nuestro municipio) también enviando correo electrónico al 010@granadilladeabona.org, telemáticamente en el apartado Cita Previa de la web municipal  https://citas.granadilladeabona.es/ o de manera presencial, en cualquier oficina del SAC.
  • Telemática:
    Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico
Organo Gestor

Área de Sanciones

Plazo de resolución

El plazo para resolver el procedimiento es de un año, a contar desde la fecha de iniciación del procedimiento.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Contra las resoluciones sancionadoras, podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.

Normativa básica
  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Información Adicional

Es muy importante señalar que su presentación implica la imposibilidad de beneficiarse de la reducción legal sobre la cuantía de la sanción propuesta.

Documentación relacionada
001_SAN

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Presentación de alegaciones
Copia de la denuncia
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