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Solicitud de propósito general

Descripción

Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento

Finalidad

Permite solicitar a la Administración el reconocimiento o ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.

Quien lo puede Presentar

Personas Físicas y Personas Jurídicas.

Presentación

En el Registro General del Ayuntamiento, así como a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de resolución

3 meses.

Efecto del silencio Administrativo
Estimatorio

Silencio: En caso de inactividad por falta de resolución en los procedimientos administrativos, esta equivaldrá a la aceptación y aprobación de la pretensión realizada (silencio positivo, estimatorio) o a la denegación de la misma (silencio negativo, desestimatorio).

Normativa básica

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Información Adicional

Plazo de Notificación: Cabe la suspensión del plazo máximo legal para resolver y notificar un procedimiento, cuando se requiera al interesado la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos u otros elementos de juicio, por el plazo que media entre la notificación del requerimiento y su cumplimiento por el destinatario, o bien cuando transcurra el plazo establecido para contestar al requerimiento. También cabe suspender el plazo para resolver cuando se soliciten a otras Administraciones Públicas, informes que sean determinantes para la resolución del procedimiento. (artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Mediante la Instancia-General se permite al ciudadano presentar solicitudes de iniciación de procedimientos, en relación a todas aquellas cuestiones para las cuales NO se encuentre una instancia específica para iniciar un procedimiento.

CITA PREVIA: Es necesario solicitar cita previa y se puede hacer: telefónicamente llamando al 922.75.99.00 o al 010 (si lo hace desde nuestro municipio) también enviando correo electrónico al 010@granadilladeabona.org, telemáticamente en el apartado Cita Previa de la web municipal www.granadilladeabona.org o de manera presencial, en cualquier oficina del SAC.

Documentación relacionada
001_RG

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación
Documentación pertinente en base al objeto de la solicitud.
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